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Libro de la Quincena - Septiembre 16 al 30 de 2015.

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ICA. Gaceta de variedades vegetales protegidas. Bogotá : El Instituto, 2014


En Colombia se adoptó y entró en vigor el régimen común de protección a los derechos de obtentor de variedades vegetales (decisión 345 de 1993) con de decreto 533 de 1994 que lo reglamento y estableció al ICA como autoridad nacional competente para la gestión y ejecución del régimen.

El ámbito de aplicación se extiende a todas las variedades cultivadas de los géneros y especies botánicas siempre que su cultivo, posesión o utilización no se encuentren prohibidos por razones de salud humana, animal o vegetal.

No se aplica a las especies silvestres, es decir aquellas especies o individuos vegetales que no se han plantado o mejorado por el hombre. respecto a las mismas, se aplicará lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 5 de la ley 99 de


Última actualización:2015-09-15 Autor:Cenicafé
 Libro de la Quincena - Septiembre 16 al 30 de 2015.